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sábado, 30 de janeiro de 2016

ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES TEMPORALES (III). · en GESTIÓN, INSTITUCIONES,MUSEO, OPINIÓN. ·

Hablemos de lo que el director y/o responsable del museo y sus colecciones (curador) debe exigir sobre condiciones específicas a la hora de prestar fondos de la colección del museo que dirige al prestatario de dicho fondo. Esas condiciones específicas podrían ser las siguientes:

· Embalaje y transporte: Aunque el director del museo que presta las piezas elige el tipo de embalaje y transporte adecuado para el transporte de los fondos, los gastos que se originen quedan a cuenta del prestatario. Existen sistemas adecuados para cada uno de los objetos teniendo en cuenta las características y naturaleza (Stolow, 1980). En la actualidad se cuenta con agencias especializadas exclusivamente en el embalaje y transporte de objetos de enorme valor, disponiendo de técnicas para disminuir hasta el nivel cero de riesgo en cada traslado. Ofrecen un servicio seguro e integral en todas las fases: embalaje de las obras, vehículos con temperatura controlada, organización de escoltas de protección al convoy, contactos con las oficinas aduaneras y hasta con los ministerios, colocación de los objetos en el lugar de la exposición y todo el proceso en viceversa. El itinerario del viaje deberá ser aprobado por el director del museo que presta los fondos.

OMSAN

· Escolta: Se organizará la escolta necesaria para la vigilancia en el trayecto, así como para las operaciones de carga y descarga (siempre contemplando esta fase cuando los objetos que movemos son de gran valor), incluso acompañadas por guardias armados.

· Conservación y seguridad: Se centrará la atención sobre todo en las medidas contra el fuego, posible vandalismo, inundación, exposición, iluminación, temperatura y humedad relativa.

· Fotografía y comunicación: Las piezas prestadas no serán objeto de filmación, fotografiado o reproducción sin el consentimiento previo del museo prestador, a excepción de tomas en planos generales para la prensa y la comunicación publicitaria, respetando siempre los derechos de propiedad intelectual.

Oficina de Turismo de San Antonio, Texas

· Informe del director del museo: Es preceptivo este documento de aquel que presta las obras, quien determinará la conveniencia del préstamo, el estado de conservación, las condiciones técnicas en que deben ser expuestas, así como el cumplimiento de las normas específicas descritas anteriormente.

· Orden Ministerial de autorización del préstamo: El préstamo de piezas provenientes de un museo nacional no puedo realizarse sin una Orden Ministerial, que se extenderá una vez revisada la solicitud y el informe del director del museo donde se encuentran las piezas que será objeto del préstamo. Si los objetos solicitados son un depósito de cualquier organismo no público o persona particular, corresponderá a estos conceder la autorización, a petición de la organización o dirección de museos pertinente en cada país.

DKV

· Póliza de seguro: El director del museo que hace el préstamo se encargará de valorar dichos bienes a efectos de formalizar la póliza del seguro, aunque la contratación correrá a cargo de la entidad organizadora de la exposición. El beneficiario de la póliza será el estado en el caso de tratarse de piezas provenientes de un museo público. Dicha póliza deberá cubrir todos los daños que puedan sufrir las piezas aseguradas desde el momento en que se retiran del museo hasta que son devueltas al mismo.

· Permiso de exportación temporal: Si la exposición se realiza en el extranjero, se necesitará un permiso de exportación en fechas determinadas, previo informe de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio en cada país si hubiere dicha entidad. El permiso será solicitado por el museo organizador de la exposición o por el mismo museo que accede al préstamo teniendo una validez de tres meses, aunque si la duración de la exposición supera este tiempo, podría solicitarse una prórroga.

Transport for London

· Acta de entrega: Una vez autorizado el préstamo por parte de las instituciones gubernamentales correspondientes si las piezas provienen de un museo público, las partes interesadas firmarán el acta de entrega, siempre que se hayan respetado las normas concretas y las generales.

· Acta de devolución: En el momento de la devolución de los objetos, se comprobará su estado de conservación comunicándose cualquier alteración de los mismos, si las hubiere, a las instancias públicas correspondientes (Ministerio de Cultura), quien se encargará de hacer la correspondiente reclamación al seguro, siempre que se trate de objetos procedentes de un museo público. En el caso de museos privados, se comunicará directamente con la compañía aseguradora contratada.

New Zealand Transport Agency


fonte: @edisonmariotti #edisonmariotti

Espacio Visual Europa (EVE) 

Cultura e conhecimento são ingredientes essenciais para a sociedade.

A cultura é o único antídoto que existe contra a ausência de amor.

Vamos compartilhar.

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